La dignidad humana como eje transversal para el ejercicio del derecho a la salud
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Resumen
Dignidad humana, cimiento de los derechos fundamentales, entre ellos los derechos económicos, sociales y culturales (DESC) que incluye el derecho a la salud, actúa de forma transversal al momento de interpretarlos. El derecho a la salud fue clasificado como derecho de segunda generación operando de forma progresiva para el desarrollo de los derechos de primera. Esta interpretación es obsoleta, pues el Comité de DESC de la ONU declara el status de fundamental de los DESC en la Proclamación de Teherán de 1968 (N°13) y la Declaración de Viena de 1993 (N°5). A pesar de este reconocimiento formal del derecho a la salud, parte de los Derechos Económicos Sociales y Culturales como fundamental, en la práctica no existe una exigibilidad directa de este y se demuestra con la presentación de casos fundamentados en la violación al derecho a la vida y a la integridad personal, cuando encuadran en la violación al derecho a la salud.
Detalles del artículo
Cómo citar
Orellana Robalino, C. P. (2017). La dignidad humana como eje transversal para el ejercicio del derecho a la salud. Derecho Global. Estudios Sobre Derecho Y Justicia, 2(5), 139–164. https://doi.org/10.32870/dgedj.v0i5.76
Sección
Artículos de investigación
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