Caso Arrom Suhurt Y Otros Vs. Paraguay Case of Arrom Suhurt and Others v. Paraguay
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Resumen
El 13 de mayo de 2018 la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Corte” o “este Tribunal”) dictó una Sentencia mediante la cual declaró que el Estado de Paraguay no es responsable por la violación de: (i) los artículos 3, 4, 5 y 7 de la Convención Americana en relación con el artículo I.a) de la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas y los artículos 1 y 6 de la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura; (ii) la violación de los artículos y 25.1 de la Convención Americana en relación con el artículo 1.1 del mismo instrumento, el artículo I.b) de la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas y de los artículos 1, 6, y 8 de la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura, y (iii) la violación del artículo 5 en relación con el artículo 1.1 de la Convención Americana. Al no haberse establecido la responsabilidad internacional del Estado, el Tribunal consideró que no procedía pronunciarse sobre reparaciones, costas y gastos.
Detalles del artículo
Cómo citar
De Derechos Humanos, C. I. (2019). Caso Arrom Suhurt Y Otros Vs. Paraguay: Case of Arrom Suhurt and Others v. Paraguay. Derecho Global. Estudios Sobre Derecho Y Justicia, 5(13), 193–197. https://doi.org/10.32870/dgedj.v0i13.300
Sección
Sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos
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